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INFANCIA / La Lopna prevé pasos lentos y etapas intermedias
Adoptar requiere paciencia

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Los intereses del niño o niña están por encima del apuro de los padres potenciales

ELKIS BEJARANO DELGADO

EL UNIVERSAL

"Adoptar en Venezuela es un acto de paciencia y amor: por esto es que las parejas o personas aspirantes a una adopción, deben cumplir con todos los requerimientos legales que exige la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente (Lopna) y esto lleva su tiempo".

Así lo aseguró la abogada María Isabel Salazar Castillo, quien se ha especializado en los derechos de los niños, niñas y adolescentes, y además es juez suplente de la Lopna en el Estado Vargas y el Estado Miranda, al comentar las incidencias a las que se someten todos aquellos que, por amor y con paciencia, deciden acoger en sus familias a un pequeño desamparado.

Indicó que la nueva Ley establece que la adopción la pueden solicitar personas solteras, casadas, venezolanos y extranjeros. "Estos siempre tendrán la segunda opción y sólo podrán intentar una adopción en el país sólo cuando sus naciones de origen estén suscritas a los mismos acuerdos internacionales a los que está suscrita Venezuela".

Primeros requisitos

Expresó que aquellos solicitantes que deseen adoptar a un pequeño deben inscribirse en un programa del Consejo de Protección, que los hay estadales y municipales.

"En caso de que alguna pareja reciba a un niño con una medida de abrigo y desee adoptarlo, el artículo 401 de la Ley señala que se puede inscribir después de esta medida, pero siempre deben estar inscritos", señaló la experta en el tema de las adopciones.

Comentó que el Consejo de Protección realiza una evaluación a los optantes, para saber si son aptos de tener en casa a un niño o niña.

"Ellos realizan una serie de exámenes, para garantizar que las personas gozan de plena salud, tienen estabilidad económica y mental, y demás determinantes en relación con la adopción", puntualizó Salazar Castillo.

Según comentó la abogada, la preferencia la tienen los familiares directos del menor.

"Los tribunales se encargan de buscar a una persona que tenga relación consanguínea con el niño o niña. En caso de no aparecer nadie, entonces se inician los pasos para la adopción", indicó.

Desde el inicio

La especialista en la Lopna informó que cuando ocurre un abandono, el Consejo de Protección interviene y puede dictar las medidas de protección que señala la ley, como la medida de abrigo. "El Consejo de Protección toma el caso. Debe buscar una solución inmediata. Debe o intenta ubicar a la familia de origen, para tratar de que el niño o niña vuelva con su madre o padre; o con los representantes que funjan en lugar de éstos, pero que mantengan una relación de parentesco. Siempre tratará de que regrese al seno de su familia consanguínea".

Según la Constitución Nacional, a todo niño se le debe garantizar el mantenimiento en su familia de origen.

Pero cuando no sea posible, como una medida sustituta se tratará de ubicar al niño en una familia que recibirá una opción temporal como la de abrigo.

Expresó que si en esos 30 días el órgano administrativo no encuentra la solución, él debe remitir inmediatamente al tribunal de protección para que trate de solucionar y dictar otra medida de protección más acorde con los intereses del niño.

Para la abogada, los intereses que deben privar son los del niño o niña, pero los optantes deben cumplir una serie de lineamientos establecidos en la Ley y la Constitución, por lo que adoptar, insiste María Salazar, es un acto de amor y paciencia, y tiene tanto de lo primero como de lo segundo.

"Cada caso es diferente"

María Isabel Salazar indicó que cada caso es diferente, por lo que no existe una fórmula para la adopción; además, el punto final de cada caso no es la medida permanente, y hay estados intermedios que duran muchos años.

"Cada familia optante es una historia. Hay casos que se dan rapidito y las personas que reciben a un niño o niña con una medida de abrigo, terminan siendo los padres adoptivos. Pero hay otros casos que se enredan más, y se llevan más tiempo, y en muchas oportunidades, cerrar una adopción es un proceso de años".

"Al despacho llegó un caso que ha demorado más de seis años y aún la pareja que ha criado al niño o niña no ha recibido la adopción, que es una medida permanente", señaló Salazar. "Todo depende de la complejidad, de cada historia en particular".



 
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