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Sidor debe convertirse en empresa del Estado

Si se imcumple ley sería expropiada y se indemnizaría sin lucro cesante

El decreto de Ley Orgánica de Ordenación del Sector Siderúrgico de Guayana, "ordena la transformación de Sidor, sus empresas filiales y afiliadas, en empresas del Estado, con una participación estatal no menor del 60% de su capital social".

Estipula la normativa, publicada en la Gaceta Oficial 38.928, la conformación de dos comisiones. Una de Transición, que será creada para incorporarse a la junta directiva de Sidor y para garantizar la transferencia a las empresas estatales del control de todas las actividades que realizan Sidor y sus empresas afiliadas a m´as tardar el 30 de junio. Y otra comisión Técnica que será conformada para negociar por un período de 60 días el justiprecio de las acciones a ser transferidas al Estado y acordar los términos y condiciones de la posible participación accionaria de dichos accionistas privados en las nuevas empresas del Estado.

Indica el decreto que "una vez transcurrido el plazo establecido sin que se hubiera logrado acuerdo, para la transformación en una Empresa del Estado, el Ministerio de Industrias Básicas y Minería o cualquiera de sus entes descentralizados, funcionalmente asumirá el control y la operación exclusiva de las mismas".

Y "en caso de no lograrse acuerdo para la transformación en Empresas del Estado, decretará la expropiación de las referidas acciones, de conformidad con lo previsto en la Ley de Expropiación por causa de utilidad pública o social. Para el cálculo de la indemización o del justiprecio de los bienes, en ningún caso se tomarán en cuenta ni el lucro cesante ni los daños indirectos". ml


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