CARACAS, domingo 07 de septiembre, 2008 | Actualizado hace
1. ¿Para qué servirá la Ley de Tarjetas
de Crédito, Débito, Prepagadas y demás tarjetas
de financiamiento o Pago Electró- nico? La normativa
tiene como objetivo sincerar las relaciones entre los tarjetahabientes,
bancos y negocios afiliados para reducir las irregularidades
que puedan presentarse por el uso de esos instrumentos de
pago.
2. ¿Qué debo hacer si detecto que el cajero
debitó de mi cuenta un monto de dinero que no me entregó?
La operación irregular debe ser reportada al banco emisor
de la tarjeta. La denuncia debe estar acompañada de datos
como la identificación del cajero, fecha y hora de la
transacción. En adelante, el banco está obligado
a dos cosas: a darle respuesta a la queja en no más de
15 días hábiles y a devolver el dinero reclamado
a través de un depósito diferido que se hará
efectivo en la cuenta en un plazo máximo de dos semanas
y con los intereses agregados, a menos que el retiro se haya
intentado con una tarjeta de crédito.
3. ¿Y si el banco considera que mi reclamo no
procede? Si la denuncia no es procedente el banco
emisor de la tarjeta debitará de la cuenta del tarjetahabiente
el monto de dinero que había depositado en carácter
"diferido".
4. ¿Se eliminó el cobro de todas las comisiones
por el uso de las tarjetas? No. Sólo se vetó
el cobro de comisiones por el mantenimiento o la renovación
de tarjetas, así como aquellos referidos a la emisión
de estados de cuenta. El resto de las comisiones sigue permitido.
5. ¿Qué mecanismos de seguridad están
previstos para evitar fraudes desde los cajeros? No
muchos más que los actualmente vigentes. La Ley de Tarjetas
implica mejores condiciones para que los usuarios de la banca
reciban una respuesta expedita cuando ya el fraude se cometió,
pero no hace nada por mejorar los sistemas informáticos.
Es obligatorio que los dispensadores de dinero estén
equipados con cámaras de foto o video, tal como sucede
en la actualidad.
6. ¿Y si las cámaras se utilizan para que
empleados del banco conozcan mi clave? En la normativa
se expresa que la cámara de fotos o video debe tomar
solamente la cara de la persona que realiza las operaciones
a través del cajero electrónico. De hecho, queda
bien claro que bajo ningún concepto los dispositivos
deberán filmar o fotografiar el teclado del dispensador.
7. Pero tengo entendido que el banco estaba obligado
a instalar captahuellas en los cajeros... La versión
de la Ley de Tarjetas que fue aprobada en 2005 incluía
la obligación de incluir un cazahuellas en los dispensadores,
pero en esta versión recién aprobada por el Parlamento
se eliminó esa obligación.
8. ¿Habrá algún cambio en la red de
cajeros actual? Sí, pero las modificaciones
se centrarán en adecuar los dispensadores a las necesidades
de las personas que sufren de alguna discapacidad. De tal
manera, los cajeros deberán ajustarse a los requerimientos
de las personas que tienen impedimentos visuales o físicos,
pero los implementos adicionales dependerán de lo que
decida la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones
Financieras (Sudeban) a través de una normativa prudencial.
9. ¿Cuánto tiempo tienen las instituciones
financieras para cambiar los cajeros? Una vez que
Sudeban emita la norma especial, los bancos contarán
con 90 días para adecuar los dispensadores de dinero.
10. A veces me quedo sin constancia de los retiros
de dinero porque el cajero se queda sin papel ¿Qué
puedo hacer? Cuando la ley entre en vigencia usted
podrá decidir si desea continuar con la operación
o no, porque el dispensador de dinero deberá avisarle
obligatoriamente que no cuenta con papel para imprimir el
comprobante.
11. El recibo de algunos cajeros sólo indica
el monto retirado... La Ley de Tarjetas destaca que
en cada transacción que usted realice el cajero deberá
imprimir un recibo que indique el monto de la transacción,
retiro o transferencia realizada y el saldo disponible, restando
y especificando el cobro de comisiones o impuestos, en caso
de que los hubiere. Además, el recibo seguirá detallando
la fecha y hora de la operación realizada.
12. ¿Cómo será el uso de las tarjetas
prepagadas que quedan en el mercado? De acuerdo a
lo que indica la Ley de Tarjetas, las prepagadas no se considerarán
tarjetas de crédito, independientemente de la marca que
las respalde, lo que indica que a la hora de hacer una compra
con la misma, el punto de venta deberá aceptarla como
una prepagada.
13. ¿Hay alguna facilidad de financiamiento
planteada en esta normativa? No. En la Ley de Tarjetas
que fue aprobada hace tres años se incluía la definición
de una tasa preferencial en el caso de las compras de artículos
incluidos en la cesta básica, así como el pago de
los servicios de salud. La idea era una tasa de interés
cobrada para esos financiamientos equivalente a menos de 50%
del tipo que fija el Banco Central de Venezuela. No obstante,
este esquema desapareció del instrumento legal que fue
aprobado por la Asamblea Nacional esta semana.
14. ¿Los negocios que utilizan los puntos de
venta de los bancos tendrán que hacer algún cambio
a raíz de la nueva ley? Sí. Cuando la normativa
aparezca publicada en "Gaceta Oficial" y, por lo tanto, se
inicie su vigencia, los comercios también tendrán
que hacer algunos cambios. Por ejemplo, no podrán establecer
mínimos de compras, no eliminar descuentos por el uso
de la tarjeta de crédito o débito, prepagadas y
demás tarjetas de financiamiento o pago electrónico.
15. ¿Y cómo los comercios van a recuperar
lo que les cobra la banca por el uso de los puntos de venta?
A partir de la vigencia de la ley, los bancos estarán
obligados a dotar "en calidad de préstamo de uso" los
equipos electrónicos que sirven para que los clientes
paguen las compras con las tarjetas. De tal manera, la entrega
de los puntos de vista a los comercios será gratuita.
16. ¿Qué puedo hacer si quieren cobrarme
una comisión o recargo por pagar con tarjetas de crédito?
Aunque la normativa indica que los bancos y negocios
serán responsables solidarios por los daños y perjuicios
ocasionados a los tarjetahabientes titulares o suplementarios,
no se definen sanciones específicas por ello. Aquella
persona que se sienta afectada podrá acudir a la Sudeban
para interponer una denuncia y será el ente de supervisión
bancaria el que decida el castigo para el banco, pero no para
el comercio. Esto implica una flexibilización de la Ley
de Tarjetas, con respecto a lo dispuesto en la versión
de 2005, cuando se indicaban multas de entre 30 y 2.000 unidades
tributarias, así como prisión de seis meses a un
año para los dueños del comercio.
17. Si en el pasado estuve moroso con un banco y
ahora pido una tarjeta de crédito, ¿cómo debe
proceder el emisor? Una vez que la ley sea aplicada,
no habrá posibilidades de que a alguien le nieguen una
tarjeta de crédito por haber dejado de pagar una cuenta
en el pasado o por haberla pagado tarde.
18.
¿Esto quiere decir que ahora los bancos le van a entregar
tarjetas de crédito a todo el que la solicite? No.
Igualmente el emisor necesitará que el solicitante presente
los requisitos básicos para analizar si procede la autorización
del dinero plástico para ese cliente; es decir, las constancias
de ingresos y otros cuantos requiera la institución financiera.
19. ¿Los bancos podrán pedir a otras instituciones
el perfil crediticio de una persona que solicita una tarjeta?
No. Quedará prohibido el intercambio de informaciones
sobre los datos de un cliente, a menos que la información
sea requerida para efectos de la supervisión bancaria,
de manera que sólo Sudeban, además de otros pocos
entes, podrá obtener esos datos.
20. ¿Me pueden llamar a cualquier hora del banco
para recordarme las deudas que mantengo con esa institución?
No. Con la entrada en vigencia de la Ley de Tarjetas, las
entidades bancarias, abogados, gestores de cobranza o agencias
de recuperaciones y servicios automatizados de cobranza sólo
podrán contactar al tarjetahabiente entre las 8:00 am
y las 6:00 pm de lunes a viernes, a menos que el cliente y
el banco acuerden un horario diferente para resolver estos
asuntos.
stejero@eluniversal.com
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