CARACAS, viernes 05 de diciembre, 2008 | Actualizado hace
La situación del país nos invita a ejercer una
de las profesiones extrañas que hemos profesado en nuestra
ya larga existencia: la ingeniería litigante. La denominamos
ingeniería pues es el único título oficial
que hemos obtenido y litigante pues se enmarca dentro de las
vertientes disciplinarias del foro nacional.
Desde hace un tiempo a esta parte los conductores del proceso
"robolucionario" que carcome nuestra sociedad, han inventado
el establecimiento de la presunción como delito. Entretanto,
se abocan a cometer toda clase de delitos y a incitar a que
sus seguidores también los cometan.
Los más graves de todo el infinito catálogo de
delitos que se cometen bajo el patrocinio oficial son aquellos
que violan descaradamente lo dispuesto en nuestra Constitución.
Basta leer el preámbulo de la Carta Magna que hizo aprobar
el omnipotente, a su medida, para que encontremos las primeras
violaciones. Copiamos textualmente: "…para establecer una
sociedad democrática, participativa y protagónica,
multiétnica y pluricultural en un Estado de justicia,
federal y descentralizado, que consolide los valores de la
libertad, la independencia, la paz, la solidaridad, el bien
común, la integridad territorial, la convivencia y el
imperio de la ley para esta y las futuras generaciones; asegure
el derecho a la vida, al trabajo, a la cultura, a la educación,
a la justicia social y a la igualdad sin discriminación
ni subordinación alguna; promueva la cooperación
pacífica entre las naciones e impulse y consolide la
integración latinoamericana de acuerdo con el principio
de no intervención y autodeterminación de los pueblos,
la garantía universal e indivisible de los derechos humanos,
la democratización de la sociedad internacional, el desarme
nuclear, el equilibrio ecológico y los bienes jurídicos
ambientales como patrimonio común e irrenunciable de
la humanidad; en ejercicio de su poder originario representado
por la Asamblea Nacional Constituyente mediante el voto libre
y en referendo democrático, decreta la siguiente CONSTITUCIÓN".
Sobra el análisis.
Si abundamos en la lectura de nuestro documento fundamental,
encontraremos infinidad de oportunidades en las que se violan
los derechos de los ciudadanos y muchas más donde se
omite el cumplimiento de las obligaciones constitucionales.
Dice el artículo 345 de la Carta Magna en su apartado
relativo a las Reformas Constitucionales: "…La iniciativa
de Reforma Constitucional revisada no podrá presentarse
de nuevo en un mismo período constitucional a la Asamblea
Nacional".
Una interpretación sesgada e interesada ha tenido acogida
dentro del sentir del Palacio de Misia Jacinta. Si bien la
letra de la Constitución prohíbe que se replanteen
modificaciones que repitan lo que el pueblo juzgó en
diciembre de 2007, se puede tomar el atajo de una presentación
popular que ponga sobre la mesa el tema ya juzgado.
Una interpretación lógica, ajustada a las provisiones
constitucionales y razonada dentro de los parámetros
legales adecuados, impediría que un planteamiento, de
los contenidos en la enmienda propuesta en 2007, pueda ser
replanteada antes del 2012, fin de este período presidencial.
Una consulta a los amanuenses legales que pueblan al Tribunal
Supremo de Justicia, y especialmente a su Sala Constitucional,
seguramente tendrá la sentencia que se sugiera desde
Miraflores.
Alguien está incitando al delito y otros, pasiva y activamente,
se aprestan a cometerlo. Pobre país rico.
rafael862@yahoo.com
1.11. Economía. Esta disposición incide directamente sobre los miles de venezolanos que aprovechaban el diferencial cambiario para comprar productos y servicios más baratos en poblaciones en el extranjero cercanas y limítrofes con Venezuela como Cúcuta en Colombia o Boavista en Brasil.
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