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Rafael Diaz Casanova // Incitar a delinquir

La situación del país nos invita a ejercer una de las profesiones extrañas que hemos profesado en nuestra ya larga existencia: la ingeniería litigante. La denominamos ingeniería pues es el único título oficial que hemos obtenido y litigante pues se enmarca dentro de las vertientes disciplinarias del foro nacional.

Desde hace un tiempo a esta parte los conductores del proceso "robolucionario" que carcome nuestra sociedad, han inventado el establecimiento de la presunción como delito. Entretanto, se abocan a cometer toda clase de delitos y a incitar a que sus seguidores también los cometan.

Los más graves de todo el infinito catálogo de delitos que se cometen bajo el patrocinio oficial son aquellos que violan descaradamente lo dispuesto en nuestra Constitución.
Basta leer el preámbulo de la Carta Magna que hizo aprobar el omnipotente, a su medida, para que encontremos las primeras violaciones. Copiamos textualmente: "…para establecer una sociedad democrática, participativa y protagónica, multiétnica y pluricultural en un Estado de justicia, federal y descentralizado, que consolide los valores de la libertad, la independencia, la paz, la solidaridad, el bien común, la integridad territorial, la convivencia y el imperio de la ley para esta y las futuras generaciones; asegure el derecho a la vida, al trabajo, a la cultura, a la educación, a la justicia social y a la igualdad sin discriminación ni subordinación alguna; promueva la cooperación pacífica entre las naciones e impulse y consolide la integración latinoamericana de acuerdo con el principio de no intervención y autodeterminación de los pueblos, la garantía universal e indivisible de los derechos humanos, la democratización de la sociedad internacional, el desarme nuclear, el equilibrio ecológico y los bienes jurídicos ambientales como patrimonio común e irrenunciable de la humanidad; en ejercicio de su poder originario representado por la Asamblea Nacional Constituyente mediante el voto libre y en referendo democrático, decreta la siguiente CONSTITUCIÓN". Sobra el análisis.
 Si abundamos en la lectura de nuestro documento fundamental, encontraremos infinidad de oportunidades en las que se violan los derechos de los ciudadanos y muchas más donde se omite el cumplimiento de las obligaciones constitucionales.

Dice el artículo 345 de la Carta Magna en su apartado relativo a las Reformas Constitucionales: "…La iniciativa de Reforma Constitucional revisada no podrá presentarse de nuevo en un mismo período constitucional a la Asamblea Nacional".

Una interpretación sesgada e interesada ha tenido acogida dentro del sentir del Palacio de Misia Jacinta. Si bien la letra de la Constitución prohíbe que se replanteen modificaciones que repitan lo que el pueblo juzgó en diciembre de 2007, se puede tomar el atajo de una presentación popular que ponga sobre la mesa el tema ya juzgado.

Una interpretación lógica, ajustada a las provisiones constitucionales y razonada dentro de los parámetros legales adecuados, impediría que un planteamiento, de los contenidos en la enmienda propuesta en 2007, pueda ser replanteada antes del 2012, fin de este período presidencial. Una consulta a los amanuenses legales que pueblan al Tribunal Supremo de Justicia, y especialmente a su Sala Constitucional, seguramente tendrá la sentencia que se sugiera desde Miraflores.

Alguien está incitando al delito y otros, pasiva y activamente, se aprestan a cometerlo. Pobre país rico.

rafael862@yahoo.com


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